La decisión judicial representa un traspié para el Ejecutivo nacional, que había intentado bloquear la medida a través de una presentación del Ministerio de Justicia encabezado por Javier Milei.
En su dictamen, el tribunal destacó que la modalidad lleva más de tres décadas vigente sin interferir en la función registral, y advirtió que interrumpirla implicaría un fuerte impacto fiscal para la Provincia sin beneficios concretos para la Nación.
Desde la administración bonaerense celebraron el fallo como una ratificación de las facultades tributarias provinciales y lo calificaron como “una victoria del federalismo y de las autonomías locales”.
La Cámara también remarcó que los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad, y que las cautelares contra ellos deben cumplir requisitos estrictos que, en este caso, no se cumplieron.
Con esta resolución, los Registros Seccionales deberán continuar con la percepción y retención de impuestos conforme al Código Fiscal bonaerense y la normativa vigente.